Resumen:
La Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, por conducto de la Comisión Nacional el Agua y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, así como los Gobiernos Estatales, Municipales y del Distrito Federal, en el ámbito de su respectiva competencia, llevarán a cabo de manera periódica o aleatoria los muestreos y análisis de los biosólidos y lodos, con objeto de verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos para los parámetros señalados en la presente Norma Oficial Mexicana.