Abstract:
Es incuestionable que toda obra emprendida por el hombre, debe producir beneficios, estos son irrenunciables, independientemente de su condición de inmediatos, mediatos, tangibles o intangibles. Más aún consideramos que la premisa anterior es válida tanto para empresas privadas como empresas públicas, idealizando como diferencia única, que la privada debe de repartir sus beneficios a un número limitado de accionistas, y la pública debiera repartir beneficios a todos los integrantes de la nación correspondiente. La empresa de interés social puede no producir en forma inmediata utilidades, empero su planteamiento, creemos deba contemplar beneficios a largo plazo.