Resumen:
Las obras de construcción, bodegas y demás dependencias de empresas constructoras, están obligadas a inscribirse en el Registro Federal de Causantes, ante la Oficina General de Hacienda que corresponda a su domicilio, dentro de los diez días siguientes a la fecha de iniciación de operaciones. Asimismo debe darse aviso de cambio de domicilio y baja dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se susciten ante la Oficina General de Hacienda que corresponda al domicilio en que se encuentre el establecimiento de que se trate.